Bono de Invierno 2026: quiénes reciben el pago, requisitos y monto del beneficio

El aumento de los gastos durante los meses más fríos suele golpear con fuerza a los adultos mayores, especialmente a quienes dependen exclusivamente de su pensión. Por eso, cada año el Estado entrega un apoyo económico específico para enfrentar el invierno.
Se trata del Bono de Invierno, un aporte que se paga una sola vez y que llega directamente junto a la pensión de mayo, sin descuentos ni trámites adicionales para quienes cumplen los requisitos.
Bono de Invierno: ¿cómo funciona este apoyo económico?
Este beneficio consiste en un pago único de $81.257, el cual se deposita íntegramente junto con la pensión mensual. Al no ser imponible ni tributable, el monto no sufre rebajas y se entrega completo al beneficiario.
El objetivo del bono es aliviar gastos que aumentan en esta época del año, como calefacción, medicamentos o el pago de servicios básicos.
Edad exigida para acceder al beneficio
Uno de los requisitos esenciales para recibir este aporte es cumplir con una edad mínima definida por la normativa.
¿Desde qué edad se puede recibir el Bono de Invierno?
Para acceder al pago, la persona debe tener 65 años o más al 1 de mayo de 2026. Quienes no alcancen esa edad antes de esa fecha quedan fuera del beneficio, incluso si cumplen con otros criterios.
¿Qué pensionados pueden recibir el Bono de Invierno?
Además de la edad, el bono está dirigido a grupos específicos de adultos mayores que reciben pensiones de menor monto.
Grupos habilitados para el pago
Pueden recibir el Bono de Invierno las personas que se encuentren en alguna de estas situaciones:
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Pensionados del IPS, ISL, Capredena, Dipreca o mutualidades de empleadores, siempre que su pensión sea igual o inferior a la pensión mínima de vejez para personas de 75 años o más.
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Pensionados de AFP que reciban una Pensión Mínima con Garantía Estatal.
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Beneficiarios de la Pensión Garantizada Universal (PGU) que no perciban ninguna otra pensión.
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Personas que reciben una Pensión de Reparación a Víctimas de Prisión Política y Tortura, pensión de viudez de reparación o pensión no contributiva de exonerados políticos.
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Pensionados de cualquier régimen previsional que reciban APSV o PGU, siempre que su pensión base no supere la pensión mínima de vejez.
Casos en los que no se entrega el Bono de Invierno
El beneficio no corresponde a quienes reciben más de una pensión cuando la suma de estas supera el valor de la pensión mínima de vejez. Tampoco se paga a beneficiarios del Subsidio de Discapacidad para menores ni a quienes reciben la indemnización del carbón.
De esta manera, el Bono de Invierno se enfoca exclusivamente en reforzar los ingresos de los adultos mayores con pensiones más bajas durante los meses de mayor gasto.
