Intendente de Tarapacá destacó proyecto de ley contra el crimen organizado

Iquique HoyDiciembre 29, 2020
Intendente-Miguel-Angel-Quezada

La iniciativa modifica el delito de “asociación ilícita”, se establecen incentivos a la delación y se facilitan nuevas técnicas de investigación.

El Presidente de la República, Sebastián Piñera, firmó este domingo el proyecto de ley para perseguir y sancionar con más y mejores instrumentos a la delincuencia organizada. Al respecto, el intendente de Tarapacá, Miguel Ángel Quezada, destacó el objetivo de este proyecto “que nos permitirá entregar mayor tranquilidad a las familias chilenas frente al actuar de estos grupos que han provocado un enorme daño a nuestra sociedad”.

La autoridad regional agregó que el delito de “asociación ilícita”, con que el Código Penal vigente sanciona la delincuencia organizada, data de 1874 y no ha sido estructuralmente modificado, dejando a Chile desactualizado en su normativa penal respecto de las diversas formas de organización delictiva. “Tal como lo dijo el presidente este domingo, es urgente y necesario actuar en esta materia, por eso la importancia de aprobar esta iniciativa, con más y mejores herramientas, sanciones más duras para los delincuentes, en definitiva, mayor seguridad a las familias tarapaqueñas”, declaró el intendente Quezada.

DETALLES DEL PROYECTO

El proyecto de ley modifica el delito de “asociación ilícita” en el Código Penal, reemplazándolo por dos figuras: la asociación delictiva y la asociación criminal.

La Asociación Delictiva sancionará a quienes formen parte de una organización delictiva para cometer simples delitos, con penas de privación de libertad de hasta 5 años.

La Asociación Criminal, por su parte, sancionará a quienes formen parte de una organización delictiva para cometer crímenes, con penas de privación de libertad que llegan hasta los 10 años.

Con esto se establecen criterios claros para cuando se está en presencia de una “asociación” y no simplemente en un concierto de voluntades para cometer un delito. El sólo hecho de “organizarse” será delito, con independencia de si se comete o no el delito que se planifica.

Para darla por establecida, el tribunal deberá apreciar una asociación delictiva o criminal atendiendo a la cantidad de sus miembros, su dotación de recursos y medios y su capacidad de planificación y acción sostenida en el tiempo.

Además, la iniciativa establece una regla de incentivo a la delación por parte de alguno de los miembros de la organización criminal. Así, el tribunal puede prescindir de las penas que hubieren correspondido, o imponer una inferior en uno o dos grados, dependiendo de la intensidad de la colaboración.

El proyecto de ley también propone la modificación y facilitación de las técnicas especiales de investigación (agentes encubiertos, interceptaciones telefónicas e infiltración de redes u grupos criminales operando en el país), extensible a todos los hechos constitutivos de criminalidad organizada, con la autorización del juez de garantía.