Femicidio en Caleta Caramucho: Sentencian a presidio perpetuo a responsable de la muerte de Yuridia Pizarro en Iquique

AlejandraMarzo 1, 2024
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El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Iquique emitió una condena unánime imponiendo presidio perpetuo simple a Jhonatan Stiven Cañón Rodríguez por el delito consumado de femicidio. El hecho ocurrió en mayo de 2022 en la caleta Caramucho, al sur de Iquique.

Según el fallo, se estableció que el acusado, en compañía de otro condenado, Néstor Cuéllar Rodríguez, agredieron a Yuridia Pizarro Torres en su domicilio, causándole la muerte por asfixia. Posteriormente, ocultaron su cuerpo en una fosa superficial trasladándolo en el vehículo de la víctima.

El tribunal desestimó la tesis de homicidio, concluyendo que el caso se encuadra como femicidio íntimo, reconociendo la igualdad de dignidad ante la ley. El veredicto se basó en tratados de derechos humanos, estableciendo que la identidad y expresión de género de Yuridia Pizarro quedaron demostradas.

La resolución destaca la relación de convivencia entre el agresor y la víctima como factor determinante en el femicidio íntimo, descartando la tesis de homicidio y confirmando la condena de presidio perpetuo simple.

El tribunal expresó: “Los antecedentes antes analizados son suficientes para tener probado en autos que Jhonatan Stiven Cañón Rodríguez tiene responsabilidad y participación en calidad de autor al tenor del artículo 15 número 1 del Código Penal, en el delito de femicidio, previsto y sancionado en el artículo 390 bis del Código Penal, en grado de consumado.”

La resolución también abordó la autopercepción de género, indicando: “Tal y como se expuso previamente al analizar la adecuación típica del concepto mujer, se ha reconocido por la legislación chilena, en diversos tratados de derechos humanos, como el pacto de derechos civiles y políticos, que establece una igualdad de dignidad ante la Ley, en forma absoluta.”

La defensa alegaba un aumento punitivo por parte de la familia de la víctima, pero el tribunal lo descartó, concluyendo que el actuar de Cañón Rodríguez se encuadra en el femicidio íntimo. El veredicto fue emitido por los magistrados Loreto Jara Peña (presidenta), Franco Repetto Contreras y Rodrigo Villar Bustamante.

Este caso destaca la importancia de la justicia en casos de femicidio, reconociendo la gravedad de la violencia de género y garantizando la aplicación de las leyes que protegen a las víctimas.